Resolvemos tus preguntas frecuentes a continuación. Si te fue de ayuda esta página, ¡difunde y comparte!
¿Qué es la Beca Presidente de la República (BPR)?
Es un beneficio otorgado por Junaeb, que consiste en un aporte monetario de libre disposición, destinado a apoyar económicamente a estudiantes de escasos recursos económicos y de un rendimiento académico sobresaliente.
¿Debo renovar semestralmente la BPR?
La renovación es semestral, por lo que la Unidad de Bienestar Estudiantil será la encargada de informar procedimiento correspondiente en cada uno de los períodos, a través de los medios de comunicación disponibles dentro de la comunidad universitaria (página DISE, correo electrónico institucional, facebook e instagram de la Unidad de Bienestar Estudiantil).
¿Qué son las cohortes de ingreso?
Las Cohortes se diferencian según el año en que obtuvieron la Beca Presidente de la República. Existen tres cohortes con las cuales trabaja JUNAEB.
- Cohorte 1: aquellos(as) estudiantes que obtuvieron el beneficio hasta el 2007
- Cohorte 2: aquellos(as) estudiantes que obtuvieron el beneficio entre los años 2008, 2009 y 2010
- Cohorte 3: aquellos(as) estudiantes que obtuvieron la beca a partir del año 2011 en adelante.
¿Cuáles son los requisitos de Renovación?
- Acreditar calidad de alumno(a) regular.
- Poseer Tramo del Registro Social de Hogares hasta el 70%.
- No sobrepasar la duración máxima como beneficiario(a), considerando la duración normal de la carrera, más período de gracia correspondiente de acuerdo con JUNAEB. (hasta cuatro semestres extras, siempre y cuando conserve los requisitos de renovación)
- Rendimiento académico igual o superior a 5.0 para aquellos estudiantes que obtuvieron la beca a partir del año 2011.
¿Dónde debo renovar la BPR?
Deben renovar en la Unidad de Bienestar Estudiantil, solicitando hora de atención con Asistente Social en oficina de recepción, ubicada en el primer piso, Edificio Virginio Gómez.
¿En caso de no cumplir con el requisito académico, puedo apelar?
Sí, de acuerdo con la normativa de JUNAEB, se puede apelar 2 veces y para lo cual debe completar ficha de apelación por notas con Asistente Social de la Unidad de Bienestar Estudiantil, de acuerdo con los criterios establecidos por Junaeb. A partir del año 2018, el rango de apelación por nota debe ser de entre 4,9 a 4,5, de lo contrario se entiende que no cumple con requisito y se debe informar a JUNAEB para suprimir beneficio.
¿En caso de no cumplir con el Tramo del Registro Social de Hogares (¿70%), puedo apelar?
No, para el año 2020 se eliminó la opción de apelar por Tramo del Registro Social de Hogares a todos(as) aquellos(as) estudiantes que se encuentren entre en rango de 71% – 100% del RSH.
¿Puedo seguir utilizando el beneficio después de finalizado los años formales de la carrera?
Sí, existe lo que se denomina Años de Gracia y podrás solicitar la renovación de la beca después de terminado el tiempo reglamentario de la carrera, por el tiempo necesario para la obtención del título profesional, de acuerdo con lo siguiente:
- Carreras de hasta 5 semestres de duración: máximo de un (1) semestre.
- Carreras de hasta 9 semestres de duración: máximo un año (2 semestres).
- Carreras de 10 y más semestres de duración: máximo de dos años (4 semestres)
Recuerda que, para acceder al periodo extra, debes conservar los requisitos de renovación que exige la beca.
¿Puedo suspender el beneficio?
Sí, y constituye responsabilidad del estudiante comunicar a la Unidad del Bienestar Estudiantil la suspensión del Beca. En entrevista Social se procederá a Suspender Beneficio, para lo cual el estudiante debe solicitar una hora de atención con Profesional y adjuntar documentación solicitada por Asistente Social de la Unidad, conforme a los requisitos establecidos por Junaeb.
¿Cuánto es la duración máxima de suspensión?
Se puede suspender por un periodo mínimo de un semestre académico y como máximo un año académico, de acuerdo con los plazos establecidos en el proceso de renovación vigente.
¿La reactivación del beneficio es automática?
No, el estudiante debe acercarse a la Unidad de Bienestar Estudiantil y renovar su beca dentro de los plazos establecidos, acreditando el cumplimiento de los requisitos para renovar beneficio.
¿Puedo realizar cambio de carrera y conservar el beneficio?
Sí, Se permitirán cambios de carrera sólo por una vez independiente del año que te encuentres cursando en tu carrera actual. Para lo cual, el estudiante debe acercarse a informar a la Unidad de Bienestar Estudiantil.
¿Al cambiar de carrera, el beneficio comienza a regir desde la nueva carrera?
No, se considerará el año de ingreso a la carrera en la cual el estudiante o la estudiante fue becado originalmente.
En caso de querer cambiarme de Institución de Educación Superior, ¿puedo conservar el Beneficio?
Sí, deben realizar proceso de renovación en su actual Institución de Educación Superior.
Si pierdo la beca, ¿puedo postular nuevamente?
No, la BPR no permite volver a postular en Educación Superior.